DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la INHIBICIÓN formulada por el abogado EDUARDO YUGURI, en su carácter de Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Remítase el presente expediente al Tribunal que ha declarado su incompetencia subjetiva, a los fines de dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil; y notifíquese mediante oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, para que devuelva el expediente original al Juzgado Tercero de Primera.....