este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, cumplidos como han sidos los extremos a que se contrae el contenido del artículo 189 del Código Civil Venezolano, declara: SOLEMNEMENTE SEPARADOS DE CUERPOS, a los cónyuges: OSCAR JOSÉ RAMIREZ DUNO y MARILUZ DEL VALLE PRIMERA TREJO, anteriormente identificados con todas las consecuencias legales de dicha separación, conforme a los mismos términos y condiciones por ellos expresados en su escrito de solicitud, por cuanto no es contrario a derecho.-