Por todos los argumentos antes esgrimidos, este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Incremento de Obligación Alimentaría propuesto por el ciudadano DOMINGO REYES MACHO, en beneficio de los niños (Se omite identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente) y en consecuencia le imparte su Homologación de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.