Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano DIMAS GREGORIO CUAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.733.805, nacido en fecha 26-09-1972, oficio Obrero, de estado civil soltero y residenciado en el Sector Cadafe, casa S/N, Dabajuro, Estado Falcón, por la comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA agravada en grado de continuidad, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal; y, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad .....