Por los argumentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
Primero: Sin lugar la solicitud planteada por los abogados Argenis Omar Martínez Ramírez y Cesar Augusto Mirabal, en sus condiciones de Fiscal Tercero y Fiscal Nacional del Ministerio Público, presentada en fecha 28/01/08 ante este Tribunal, y ratificada en la Sala de Audiencia por el Abg. Joel Ruiz, adhiriéndose a dicha solicitud las querellantes mediante la cual requerían de prórroga en el presente asunto, conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser dicha solicitud extemporánea; y con lugar la solicitud de la Defensa Privada de que fuere declarado de tal manera.