Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Primero: Decreta la Prescripción de la sanción de Reglas de Conducta y Libertad Asistida impuestas en fecha 07 de Febrero de 2.011; por el lapso de Ocho (08) Meses y Dos (02) Meses respectivamente, sancionadas en los artículos 624, 626 y 620 literales "b" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a los Jóvenes Adultos IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, tipificado en el artículo 456 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana FRAYMAR COROMOTO CHIRINOS LUGO. Todo de conformidad con lo establecido en el 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente Segundo: Se ordena el Cese de las Medidas de Reglas de Conducta y L.....