Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con el No. J-06 y la casa sobre ella construida, ubicada en el Conjunto Las Marías ubicada el Noreste de la ciudad de Punto Fijo, jurisdicción del Municipio Carirubana del Estado Falcón, la parcela de terreno tiene un área aproximada de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120MTS2) y sus linderos son NORTE, Seis metros (6mts) colinda con la parcela EO-3; ESTE, Veinte metros (20mts) colinda con la Parcela J-07; SUR: Seis metros (6mts) colinda con la Parcela J-27 y OESTE: Veinte metros (20mts) colinda con la parcela J-05, le pertenece por documento protocolizado por ante la Oficina subalterna de Registro del Distrito Carirubana del Estado Falcón, en fecha 23 de .....