En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la inhibición formulada por el abogado ANTONIO LILO VIDAL, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con motivo de la incidencia de objeción formulada por HECTOR LUIS GUZMAN MUÑOZ, con motivo de la caución presentada por la ciudadana Nohirian Jiménez.
SEGUNDO: Tal declaratoria con lugar de la inhibición, no se extiende al juicio principal. Bájese el expediente.