este Tribunal Primero de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: El cese de las medidas impuestas por decisión dictada en fecha 28 de Agosto del año 2003 por el Tribunal de Juicio sección Adolescente de este estado y se declara con lugar la solicitud de Cesación de medida solicitada por la Defensa de conformidad con el artículo 645 en concordancia con el 647 literal "H" de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del adolescente en consecuencia se libró boleta de libertad plena y se remitió al Director del Centro Penitenciario donde se encuentra recluido. Quedaron las partes notificadas en sala de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTE
ABG. MIREYA MEDINA
LA SECRETARIA
ABG. MAYSBEL MARTINEZ