Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, para asegurar el cumplimiento efectivo de la Obligación de Manutención a los fines de garantizar el interés superior del menor de conformidad con el Articulo 381 Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), ordena la retención de los siguientes montos:
1) El veinticinco por ciento (25%) mensual del sueldo o salario integral que devenga el obligado.
2) El veinte por ciento (20%) del bono vacacional.
3) El veinte por ciento (20%) del Fideicomiso.
4 El veinte por ciento (20%) anual de las útilidades y/o aguinaldos que correspondan al obligado para satisfacer las necesidades materiales de la menor en epoca de navidad.
5) veinte por ciento (20%) sobre bonificaciones especiales.
6) veinte po.....