Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los Ciudadanos: MARIAINES ALEJANDRA NUÑEZ RIVERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.102.651 y JUVENAL JOSE REYES ORDAZ, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-10.701.972, domiciliados en la Vela, Municipio Colina del Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JUAN MANUEL MALLE FUGUET, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.356, decretada en fecha 07 DE AGOSTO DE 2015. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron los Ciudadanos antes mencionados, el día 01 de agosto de 2014, por ante la Primera Autoridad Civil del Munic.....