este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con lugar la redención de pena solicitada a favor de la penada KARLA MARIA ROJAS DIAZ, venezolana, nacida en fecha: 26-03-1986, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.499.583, de Estado Civil: Soltera, Grado de Instrucción: Primer Año de Bachillerato, domiciliada en el Callejón Marina, Casa S/N de color blanca con color ladrillo, del Sector Carirubana a una cuadra de VENCASA Punto Fijo Estado Falcón, y en consecuencia declara REDIMIDA LA PENA por el trabajo y el estudio realizado por éste en ese centro carcelario en Cuatro (04) Meses y Cuatro (04) Días, tiempo éste de redención que deberá descontarse del tiempo de pena que le queda por cumplir, y así se decide. Notifíquese a las partes.
Jueza Única de Ejecución
Abg. Morela Ferrer Barboza
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