En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado Pedro Luis Naveda Sánchez, en su carácter de apoderado de ABASTOS LA GOAJIRA, C.A., contra la sentencia definitiva dictada el 18 de febrero de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró con lugar la demanda, que por cobro de bolívares, intentara DISTRIBUIDORA GUIMAR, C.A., contra la apelante.
SEGUNDO: En consecuencia, se revoca la sentencia definitiva dictada el 18 de febrero de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró con lugar la demanda, condenando a la deman.....