Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la Presentación Periódica por ante este Tribunal 1 vez a la semana, los días miércoles y la Prohibición de acercarse a la casa de habitación de las victimas al Imputado ciudadano Alejandro De La Cruz Medina por la presunta comisión del Delito Abuso Sexual a Niño, previsto en el artículo 259 de la Ley de Protección del Niño y del Adolescente y se decreta la prosecución del presente asunto por la vía del procedimiento Abreviado de conformidad con lo establecido en el artículo 372 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Se le impone al imputado del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. . Librese la respe.....