este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, modifica en cuanto a su tiempo la sanción de privación de libertad y la hace cesar y le impone, hasta el día 5 de enero de 2010, la medida de Liberta Asistida, conformidad con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber actuado como Cooperador Inmediato en el delito de Robo Agravado, de conformidad con los artículo 83 y 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano STAVROS KALEMAKIS BASILACIS. Por tal circunstancia partir del 17 de noviembre de 2008 deberá presentarse cada 15 días por ante el Departamento de Libertad Asistida de esta ciuda