Por lo que en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA al ciudadano YEFFERSON DUQUE GUILARTE, no porta documentación personal, Colombiano, nacido en fecha 29/10/1987, de 23 años de edad, Pasaporte Nº CC1060588044, estado civil soltero, grado de instrucción: Bachiller, de Oficio Traba en una Tienda de Lencería, hijo de Hernando Duque Montoya y Yulieth Consuelo Guilarte, natural de Río Sucio, Departamento de Caldas y domiciliado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, casa s/n, calle Panamá, cerca de la Iglesia Sagrado Corazón de Jesús, casa verde y puerta negra, Punto Fijo Estado Falcón, Teléfono 0416-3693273; LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES, de conformidad con lo establecido en los artículos 44.1° de la Constitución 8,9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta el procedimiento ordinario, establecido en el últ.....