este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CULPABLES a los ciudadano acusados SEGUNDO VENTURA, JUAN MARTIN LEAL, ALEXIS VELASQUEZ y JOSE ANTONIO MORA, por la comisión del delito POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Como consecuencia de Culpabilidad, la presente sentencia debe ser condenatoria. TERCERO: Se condena a los acusados JORGE SEGUNDO VENTURA, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V-7.494.908, de 54 años de edad, Casado, fecha de nacimiento 22-05-1957, de profesión u oficio Comerciante, residenciado Urbanización Ezequiel Zamora Calle Principal, casa S/N° cerca de un taller de latonería,.....