esta Corte de Apelaciones, PRIMERO: SE ADMITE, el recurso de apelación interpuesto por los abogados en Ejercicio CARLOS RAMOS VALERA Y FELIPE CAPIELO, en su condición de defensores privados de los ciudadanos YONNY DAVID CHIRINOS Y ARMANDO JESÚS SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° 27.176.2074 y 19.823.241, respectivamente, por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley contra el Hurto y Robo de Vehículo, recurso que ejercen contra del auto dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en fecha 05 de Agosto de 2014, publicado en fecha 26 de Agosto de 2014 en el asunto Principal Nº IP01-P-2014-005674, mediante el cual declaró MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados antes identificados.