este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Antonio Ortiz Navarro, en representación de los SINDICATOS, contra la decisión dictada el día 24 de noviembre de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito, y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, con motivo de la querella de amparo promovida por éstos contra la Gobernación del Estado Falcón; y en consecuencia, se declara inadmisible la referida demanda.
De conformidad con el artículo 33 eiusdem, y por cuanto, no se trata de una acción de amparo entre particulares, no se imponen costas procesales a los apelantes.