Por las razones anteriormente expuestas es por lo que este Tribunal Primero de Juicio Extensión Punto Fijo Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: Revisada como ha sido la medida privativa preventiva de libertad, se niega sustituirla por una menos gravosa manteniéndose la misma. Así se decide, notifique a las partes, Cúmplase.
El Juez
La Secretaria
Abog. Norkis Aguilar abg.Rita Cáceres