Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano LEOBARDO SAMUEL URQUÍA GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.599.273, de este domicilio, asistido por la abogada IRAIMA DEL VALLE PARRA MORA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 121.783.
De conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.