Este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR la Solicitud planteada y en consecuencia se ordena el CAMBIO DE SITIO DE RECLUSION, ordenándose como Centro de Reclusión EL CENTRO PENITENCIARIO CENTRO OCCIDENTE "DAVID VILORIA" TRASLADO URGENTE, del Ciudadano FLANKLIN MANUEL DIAZ, desde EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUBDELEGACION CORO, ESTADO FALCON hasta EL CENTRO PENITENCIARIO CENTRO OCCIDENTE "DAVID VILORIA", DE BARQUISIMETO, ESTADO LARA. Publíquese, regístrese, diarícese, Notifíquese a las partes de la presente decisión. CUMPLASE.-