Examinado y evacuado como ha sido, el Justificativo de Testigos, el acta de defunción y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas, en donde consta que el ciudadano LUCAS JUAN MIESES COLMAN, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.452.876; falleció Ab-intestato en fecha: Veintiséis (26) de Julio de 2009, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a sus hijos, ciudadan.....