En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Roberto C. Leañez D., en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN MACURE, C.A., mediante diligencia de fecha 16 de septiembre de 2015.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 14 de agosto de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de ACCIÓN DE DAÑO EMERGENTE Y DAÑO MORAL DERIVADOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE CONSTRUCTOR-VENDEDOR, contra la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN MACURE, C.A., solo en lo que respecta a la inadmisibilidad de la prueba de info.....