Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Remedio o Sentencia solución, dictada por la Sala Constitucional de nuestro máximo Tribunal, de carácter vinculante, de fecha 2 de Junio de 2015, presentada en fecha 10/11/2017, presentada por los ciudadanos: CELIMAR JOSEFINA MANGA DE DALMAGRO RODRIGUEZ y PEDRO LUIS DALMAGRO RODRIGUEZ, antes identificados; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante el (la) Registrador (a) Civil del Municipio Zamora del estado Falcón, en fecha 30/08/2016, mediante Acta Nº 230. Segundo: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformid.....