Por los argumentos de hechos y de derechos antes esgrimidos, este tribunal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
Primero: Solicitar mediante oficio al Juzgado Tercero de Juicio de esta Circunscripción Judicial el asunto Penal signado con el Nro IP01-P-2007-0003484, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8vo del Código Penal; a los fines de su acumulación; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 70 ordinal 3ero en concordancia con el artículo 73, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Se deja sin efecto la fijación del debate oral, el cual se encontraba fijado para el día de hoy 11/03/08 a las 02:00 de la tarde, y se procederá a fijarla una vez que sea remitida a este Juzgado el asunto Penal Nro IP01-P-2007-0003484, emanado del Juzgado Tercero de Juicio.