DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público de proseguir la Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario, ya que todavía hay diligencias por practicar, de conformidad con los artículos 248 y 373 en relación con el artículo 280, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la representación fiscal y se decreta la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256.3º del Código Orgánico Procesal que rige esta materia a favor del ciudadano: DAVID ALEJANDRO ESCALONA por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS POVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el .....