Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos HÉCTOR GUILLERMO LÓPEZ YAJURE y OGALYS JOSEFINA LUGO BRACHO, las normas ut supra transcritas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano FÉLIX ALBERTO LAREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, casado, de 81 años de edad, de profesión u oficio jubilado de mantenimiento y plomería, titular de la cédula de identidad N° V-874.002, domiciliado en El Sector Canta-Rana, de San José de Cocodite, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los A.....