Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ADMITE LA REFORMA DE DEMANDA, presentada por el abogado Pedro Luis Naveda Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 25.879, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PILOTES PERFORADOS, C. A.
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE a la ciudadana Ingeniera Francis del Carmen Pirela Herrera, en su carácter de Directora Estatal de Salud de los Trabajadores del Estado Falcón (DIRESAT-FALCÓN).
TERCERO: NOTIFÍQUESE a la PROCURADORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con el numeral 2 del artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en conco.....