En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano HORUS OSIRIS RIVERA RAMÍREZ, asistido por la abogada Maryori Navarro, mediante diligencia de fecha 11 de noviembre de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual declaró CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por el ciudadano ANTONIO CALABRESE PAPALEO, contra el ciudadano HORUS OSIRIS RIVERA RAMÍREZ.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimien.....