este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara la Formal Ejecución de la Medida de Seguridad dictada en resolución de fecha 04 de Marzo del 2009, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, mediante la cual a solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de éste Circuito Judicial Penal, ORDENÓ UNA MEDIDA DE SEGURIDAD al ciudadano CARLOS ENRIQUE MEDINA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.350.228, de conformidad con los establecido en el artículo 62 del Código Penal y 419 del Código Orgánico Procesal Penal; a quien declaro inimputable, y ordeno la reclusión del ciudadano por tiempo indeterminado en el centro de salud mental HOSPITAL PSIQUIATRICO DE MARACAIBO, ubicado en la fin.....