III
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, EL PUNTO PREVIO DE LA SOLICITUD REALIZADA POR LA APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA ELEOCCIDENTE C.A. FILIAL DE CADAFE, ABG. CARMEN JAQUELINE REYES ATACHO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.122, en relación a la Prescripción de la Acción, alegada en su escrito de contestación de demanda. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de DAÑO MORAL, incoado por el ciudadano MORRI MARTIN HUMBRIA PETIT, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.736.222, contra la EMPRESA COMPAÑÍA ANONIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE) FILIAL DE CADAFE, ambas partes identificadas en autos, cuyos fundamentos y razones se expondrán en la parte motiva.....