Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y sus recaudos anexos, presentada por los Ciudadanos JORGE ALFREDO ZULETA CHIRINOS y JOGLANNY ISOLINA CHIRINOS CHIRINOS, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 17.647.195 y 17.178.035 respectivamente, de este domicilio del Estado Falcón, debidamente asistidos por la Abogada AIDA HENRIQUEZ., inscrita en Inpreabogado bajo el N° 47.669, désele entrada en el libro de causas, bajo el N° 2.279-2010, por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, y por cuanto se da cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 189, del Código Civil Venezolano y 762, del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estafo Falcón, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIEN.....