este Juez de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en punto Fijo actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la acción de divorcio interpuesta por el ciudadano José Gregorio Colina, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.815.578, debidamente asistido por el abogado Argenis Martínez, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 28.943 fundamentada en causal 02 del artículo 185 del Código Civil. Y con lugar la reconvención interpuesta por la ciudadana Merlín Olivia Hermoso Briceño, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.415.135, asistida por el abogado Claudio Micali Arévalo, venezolano, mayor de edad, con numero de IPSA 119.442. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos que fue contraído por ante el Jefe Ci.....