En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado JULIO OCHOA ALVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES EL PORVENIR 2006, C.A., contra el auto de fecha 25 de abril de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual declaró inadmisible la apelación formulada por el recurrente contra la sentencia interlocutoria de fecha 7 de abril de 2017.
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal a quo, OÍR en UN SOLO EFECTO la apelación interpuesta por el recurrente en fecha 24 de abril de 2017, contra la decisión interl.....