DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 252 ejusdem, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano HEIBERT VARGAS CLARA por la presunta comisión del delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinal 1° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos En perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO CORDERO JIMENEZ ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal ordinario.
Por cuanto el presente asunto fue recibido por ésta Juzgadora el día 28 de Mayo del.....