En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en Delitos contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación Fiscal presentada por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, en contra del ciudadano EMILIO RAMÓN CASTELLANO, por el delito de VIOLENCIA FÌSICA, tipificado y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA GUMERCINDA PEREZ., así como, los medios probatorios testimoniales y documentales, por llenar los extremos del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, y se considera improcedente lo solicitado por la defensa en cuanto a la solicitud de sobreseimiento. SEGUNDO: ACUERDA, conforme a los artículos 43, 44, 45, 308.....