En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada por la Abg. ANDREA VENTURA GONZÁLEZ, en su condición de Jueza Suplente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede Santa Ana de Coro, en la causa n.° JJ-2012-430-151 (nomenclatura de ese Tribunal), contentivo de demanda de impugnación de reconocimiento voluntario, incoada por el ciudadano Ivanhoe Jesús Rujana Torres, titular de la cédula de identidad n.º 17.628.493; en contra de la ciudadana Ornella Aisha Revilla Flammia, titular de la cedula de identidad n.º 18.292.528. SEGUNDO: Se ordena la remisión inmediata del presente expedien.....