En atención a los anteriores recaudos faltantes para proveer éste despacho lo conducente acerca de la procedencia o no de tal beneficio post- condena solicitado por el penado de marras, es que en consecuencia éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, se ORDENA a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Táchira, por intermedio del Delegado de Prueba asignado al Penado, constatar efectivamente la oferta laboral hecha al penado por el ciudadano GONZALO FAJARDO JAIMES, en un establecimiento Comercial en el cual presuntamente funge como propietario denominado ¿Bodega La Vereda¿, ubicado en la vereda 11, número 107 de la población de El Corozo en el Estado Táchira. Entre otras cosas dicho Delegado de Prueba deberá efectivamente verificar la existencia o no, aún de tal oferta de trabajo entrevistando personalmente al oferente, verificar las condiciones laborales ofrecidas (sueldos, beneficios, horario de trab.....