En consecuencia este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Admite parcialmente la Acusación y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, se Ordena abrir el Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a DOMINGO JOSE CASTRO, por el delito HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de LOEL JOSE HERNANDEZ. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días concurran ante del Juez de Juicio. Se ratifica la Medida de Privación Preventiva de Libertad que pesa sobre el acusado por cuanto aun permanecen vigentes los motivos que dieron lugar a la misma, se instruye a la secretaria para la remisión del presente asunto al Tribunal de Juic.....