Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal Decreta: Medida Cautelar sustitutiva de libertad consistente en arresto domiciliario con apostamiento policial en contra del Ciudadano : EDGARDO GUSTAVO VÉLIZ RIERA, venezolano, de 22 años de edad, soltero, de oficio Estudiante, titular de la Cédula de identidad N° 17.349.717, domiciliado en la prolongación Manaure, calle 01, Quinta Mariví, Coro, estado Falcón, por la comisión de Distribución Menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 último Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. El procedimiento se regirá por las reglas del procedimiento Ordinario, conforme lo ha solicitado el Mini.....