Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FALCÓN Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y en consecuencia extinguida la misma, en la causa incoada por el ciudadano AMBROSIO ANTONIO COLINA CHIQUITO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.090.150, domiciliado en la calle principal del sector El Barrilito de la Parroquia El Vínculo, Municipio Falcón del Estado Falcón, en contra de la ciudadana EILYN ANYOLIS HERMAN NAVEDA por COBRO DE BOLIVARES, con fundamento a las disposiciones contenidas en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.