En virtud de las consideraciones expuestas, esta Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo interpuesta por el abogado JESUS ALBERTO GONZALEZ, actuando como defensor privado del imputado TULIO REYES, en contra del Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, a cargo del ciudadano Kristian Figueroa, ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en Tribunal Tercero de Juicio, a los once días del mes de agosto de Dos Mil catorce (2014).
ABG. KARINA ZAVALA ESPINOZA
JUEZA TERCERO DE JUICIO
ABG. DANIELA HRNADEZ
SECRETA.....