Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD EN CONTRA DEL CIUDADANO Jesús Rafael Morillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.703.951, con domiciclio en el Barrio la Montañita Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad a lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comsión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y DESVALIJAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, en perjuico del Estado venezolano. Líbrense la correspondiente Boleta de Privación Judicial Preventiva de Libertad respectiva. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Cúmplase.
La Juez Quinta de Cont.....