Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoado por el abogado en ejercicio HUMBERTO GUANIPA van GIEKEN, inscrito en el Inpreabogado No. 23.658, de este domicilio, procediendo en nombre de la sociedad mercantil COMERCIAL NAIM LA VELA, C.A., contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO de esta ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales a la parte querellante por la naturaleza del asunto.