Por todo lo antes expuesto, este Tribunal, Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 y el artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES, (Procedimiento por INTIMACIÓN), incoada por el ciudadano HÉCTOR LEAÑEZ FUGUET, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANCORO, C.A., en contra de los ciudadanos: JOSÉ VICENTE ENCINOZA ARIZA, en su condición de deudor principal, y en contra de los ciudadanos ANDRÉS ALBERTO OSUNA VERA y EDUARDO ANTONIO CHIRINO, en sus condiciones de fiadores solidarios.; plenamente identificados en autos. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda notificar de la presente decisión a la parte demandan.....