PRIMERO: La Apoderada judicial de la parte demandada hizo entrega a la parte actora de un cheque N° 00001886, de la entidad Bancaria BANCORO, a cargo de la cuenta N° 0006-0001-61-0016000501, a favor del ciudadano Ramos Perozo Publio, por la cantidad de UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CURENTA Y CINCO CENTIMOS (BS. F. 1.546,45), por conceptos de prestaciones sociales reclamadas en el presente juicio, en virtud de la relación de trabajo que existió entre las partes.
SEGUNDO: La parte actora recibió y manifestó su aceptación, libre de apremio y coacción, por conceptos de prestaciones sociales reclamados y que nada más le adeuda la parte demandada, ni tienen que reclamar ni en el presente, ni en el futuro, en virtud de la relación laboral que existió entre ellos.
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en.....