Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara PRESCRITA LA ACCION EJERCIDA y sin lugar la demanda por el Ciudadano COTIN TOLEDO JESUS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.787.856, domiciliado en la Calle Aurora casa Nro. 33-23, de esta ciudad de Coro Estado Falcón, actuando como apoderado Judicial el abogado HUMBERTO RAFAEL LOAIZA AMAYA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 28.859 contra EMPRESA CONSTRUCTORA SICO. C.A, actuando como apoderado Judicial el abogado PEDRO GIL BURGOS TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro; 44.219, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS DERIVADOS DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO.