Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: HENRY JOSÉ SANGRONIS MARQUEZ, venezolano, de profesión u oficio vendedor, cédula de identidad N° 20.225.831, fecha de nacimiento 06-03-1984, de estado civil soltero y residenciado en: el Barrio Curasaito, calle Proyecto, casa N°117, Coro Estado Falcón, la aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de de conformidad con el artículo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal del Código Orgánico Procesal Penal, Las cuales consisten en la Presentación cada (15) días por ante la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, y por ante la Defensoría Cuarta y Prohibición de acercarse a la víctima a los familiares de la víctima, por considerarlo presunto autor o partícipe de la comisión.....