En consecuencia; este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NULO y sin ningún efecto jurídico el auto de fecha 08 de Febrero de 2010 solo en lo que respecta al numero de registro en el libro de causas, el cual se ordena registrar bajo el No. 355-10, todo de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena realizar la corrección respectiva en la boleta de citación, oficios y exhorto librados.